Art. 4
4 / 20En vigor desde 31 mar 2017
El Memorial Democrático, en el ejercicio de sus funciones, puede:
a) Establecer los contratos, convenios, pactos y condiciones que considere convenientes, con personas físicas y jurídicas, públicas y privadas, siempre y cuando no sean contrarios a sus objetivos, al ordenamiento jurídico, al interés público y al principio de buena administración.
b) Constituir consorcios, fundaciones, sociedades y otras entidades de carácter asociativo, o participar en las ya constituidas.
c) Coordinarse con otros organismos de la Generalidad que actúan en ámbitos similares.
d) Otorgar becas, subvenciones y premios para el cumplimiento de los fines para los que ha sido creado.
Se añade la letra d) por el art. 188.1 de la Ley 5/2017, de 28 de marzo. Ref. BOE-A-2017-7353#a1-99
Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/2007/10/31/13#art-4