Título TÍTULO PRELIMINAR
Art. 1
1 / 80En vigor desde 2 ago 2018
1. La presente Ley tiene por objeto actuar contra la violencia que, como consecuencia de una cultura machista y como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres, se ejerce sobre las mujeres por el mero hecho de serlo y que se extiende como forma de violencia vicaria sobre las víctimas que se contemplan en la presente Ley.
2. Asimismo, será objeto de esta Ley la adopción de medidas para la erradicación de la violencia de género mediante actuaciones de prevención y de protección integral a las víctimas, así como de sensibilización, educativas, formativas, de detección, atención y recuperación y todas las que resulten necesarias.
Se modifica por el art. único.1 de la Ley 7/2018, de 30 de julio. Ref. BOE-A-2018-11883
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Proeli/es-an/l/2007/11/26/13#art-1