Art. 16
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO VI

Art. 16

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En vigor desde 1 ene 2006
Se modifica el artículo 23 de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León, relativo a las cuotas de la Tasa del Boletín Oficial de Castilla y León, que queda redactado en los siguientes términos: «La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes cuotas: 1. Suscripción: a) Suscripción anual: 186,80 euros. b) Suscripción efectuada comenzado el año: 15,60 euros por cada mes pendiente de transcurrir hasta finalizar el año. 2. Ejemplares sueltos: 0,76 euros. 3. Inserción de anuncios: 0,07 euros por dígito. Las anteriores cuotas no incluyen el Impuesto sobre el Valor Añadido».
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eli/es-cl/l/2005/12/27/13#art-16