Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición final primera
57 / 58En vigor desde 31 dic 2005
Se autoriza al Consell de la Generalitat para dictar todas las disposiciones reglamentarias que sean necesarias para el desarrollo y la aplicación de esta ley.
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Proeli/es-vc/l/2005/12/22/13#disposicion-final-primera