Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición adicional segunda
71 / 84En vigor desde 1 ene 2019
La conselleria competente en materia de caza llevará a cabo programas de investigación en el ámbito de la gestión cinegética y la seguridad en el ejercicio de la caza a través de centros de investigación, universidades de la Comunitat Valenciana y la Federación de Caza de la Comunitat Valenciana.
Asimismo promoverá la formación de los cazadores y guardas jurados de caza a través de sus medios propios o en colaboración con otras entidades, en especial con la Federación de Caza.
Se modifica por el de la Ley 27/2018, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2019-1987
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/2004/12/27/13#disposicion-adicional-segunda