Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO IX
Art. 37
37 / 107En vigor desde 29 feb 2004
Los órganos de defensa del consumidor promoverán las medidas necesarias para evitar desequilibrios y desventajas de los consumidores en el uso de los servicios de la sociedad de la información.
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Proeli/es-an/l/2003/12/17/13#art-37