Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección quinta. Establecimientos de turismo rural›§ Subsección quinta. Establecimientos de turismo rural
Art. 49
51 / 133En vigor desde 31 dic 2011
Los establecimientos de turismo rural son establecimientos que prestan servicio de alojamiento temporal en viviendas rurales, en régimen de habitaciones o de cesión de la vivienda entera, según las modalidades y los requisitos definidos por reglamento.
Se modifica por el de la Ley 9/2011, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2012-546 .
Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/2002/06/21/13#art-49