Art. 46
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección cuarta. Cámpings§ Subsección cuarta. Campings

Art. 46

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En vigor desde 31 dic 2011
Los campings son establecimientos que prestan servicio de alojamiento temporal en espacios de uso público debidamente delimitados, destinados a la convivencia agrupada de personas al aire libre, mediante tiendas de campaña, caravanas, autocaravanas y otros albergues móviles o mediante bungalows, según las modalidades que sean establecidas por reglamento. Se modifica por el de la Ley 9/2011, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2012-546 .

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eli/es-ct/l/2002/06/21/13#art-46