Art. 2

Art. 2

2 / 9
En vigor desde 14 oct 2001
El Colegio Profesional de Logopedas de las Illes Balears agrupa a los que están en posesión de la titulación de diplomado en Logopedia de acuerdo al Real Decreto 1419/1991, de 30 de agosto.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ib/l/2001/10/08/13#art-2