Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 3.ª Promoción interna
Art. 44
44 / 74En vigor desde 4 ene 2002
Para el acceso por el sistema de promoción interna, referida exclusivamente a los funcionarios de un mismo Cuerpo de la Policía Local, será necesario haber permanecido como mínimo dos años en la categoría inmediatamente inferior, tener la titulación académica correspondiente, superar el procedimiento de selección que se establezca y aprobar el curso de capacitación en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía o Escuelas Municipales de Policía Local.
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Proeli/es-an/l/2001/12/11/13#art-44