Art. 18
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO II

Art. 18

18 / 74
En vigor desde 4 ene 2002
Los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía estarán estructurados en las siguientes escalas: Técnica, con las categorías de Superintendente, Intendente Mayor e Intendente; ejecutiva, con las categorías de Inspector y Subinspector, y básica, con las categorías de Oficial y Policía.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-an/l/2001/12/11/13#art-18