Art. 1
Título TÍTULO PRELIMINAR

Art. 1

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En vigor desde 28 dic 2000
Constituyen el objeto de esta Ley el establecimiento, la determinación, la protección, la utilización y la policía del Camí de Cavalls, entendido como vial o paso público, libre y gratuito, cuya titularidad se atribuye al Consejo Insular de Menorca.
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eli/es-ib/l/2000/12/21/13#art-1