Art. Disposición final primera
Capítulo CAPÍTULO VSecc. Sección 4.ª Educación y sensibilización de la sociedad madrileña en materia de cooperación para el desarrollo

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 14 may 1999
Se faculta al Gobierno de la Comunidad de Madrid para que dicte cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo de la presente Ley.
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