Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO VII
Art. Disposición transitoria primera
47 / 53En vigor desde 1 ene 2014
El tramo autonómico de la deducción por inversión en vivienda habitual aplicable a los contribuyentes a los que se refiere la Disposición transitoria decimoctava de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio será el establecido por el artículo tercero bis de esta ley en su redacción a 31 de diciembre de 2012.
Se añade por el art. 71 de la Ley 5/2013, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2014-970 .
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Proeli/es-vc/l/1997/12/23/13#disposicion-transitoria-primera