Art. Disposición final primera
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VII

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 1 ene 1998
Mediante Ley de Presupuestos de la Generalitat Valenciana podrán modificarse los tipos de gravamen, escalas, cuantías fijas, porcentajes y, en general, demás elementos cuantitativos regulados en la presente Ley.
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