Art. 43
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 1.ª Tasas

Art. 43

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En vigor desde 1 ene 1997
Uno. El apartado 1) del artículo 13 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, quedará redactado como sigue: «1) La participación como aspirantes en oposiciones, concursos o pruebas selectivas de acceso a la Administración Pública, así como en pruebas de aptitud que organice la Administración como requisito previo para el ejercicio de profesiones reguladas de la Unión Europea.» Dos. El actual apartado 1) del artículo 13 de la Ley 8/1989, de Tasas y Precios Públicos, pasa a ser el m).
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eli/es/l/1996/12/30/13#art-43