Art. 159
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO I

Art. 159

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En vigor desde 1 ene 1997
Se añade un apartado cuatro al artículo 23 de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades con el siguiente texto: «Cuatro. Lo dispuesto en el apartado anterior será de aplicación a las bases imponibles negativas derivadas de la explotación de nuevas autopistas, túneles y vías de peaje realizadas por las sociedades concesionarias de tales actividades.»
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eli/es/l/1996/12/30/13#art-159