Art. 1
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO I

Art. 1

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En vigor desde 16 ago 1994
La Comisión Arbitral es el órgano al que, en virtud del artículo 39 del Estatuto de Autonomía, corresponde el conocimiento y decisión de las cuestiones que, sobre la titularidad de competencias autonómicas o forales, le formulen las instituciones comunes o las de los territorios históricos que integran la Comunidad Autónoma y la resolución de los conflictos de competencia que se susciten entre los órganos ejecutivos de unas y otras.
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eli/es-pv/l/1994/06/30/13#art-1