Art. 54
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 54

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En vigor desde 5 nov 2010
1. La Administración de la Generalidad actuará de acuerdo con los principios de descentralización, desconcentración y coordinación, que informan las prescripciones de la presente Ley. Se deroga el apartado 2 por la disposición derogatoria 1 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto. Ref. BOE-A-2010-13313 .

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Pro

eli/es-ct/l/1989/12/14/13#art-54