Título TÍTULO PRELIMINAR
Art. 1
1 / 33En vigor desde 13 dic 1988
La Comunidad Autónoma Vasca garantizará a todos los sectores sociales afectados en el ámbito de la enseñanza no universitaria el ejercicio efectivo del derecho a la participación en la programación general de la enseñanza, de acuerdo con lo que se establece en la presente Ley.
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Proeli/es-pv/l/1988/10/28/13#art-1