Art. 99
Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 3.a Infracciones de los usuarios de centros y servicios y beneficiarios de las prestaciones

Art. 99

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En vigor desde 11 ene 2023
Son infracciones leves, las siguientes: a) No facilitar los datos o documentos requeridos y que sean legalmente exigibles, en los casos en los que ya se ha obtenido o se está disfrutando del centro, servicio o prestación. b) No comparecer de manera injustificada en la fecha fijada ante el órgano gestor de la prestación cuando este se lo requiera motivadamente para su confirmación o renovación, cuando esta ya se ha obtenido o se está disfrutando del centro, servicio o prestación. c) Mostrar falta de consideración y de respeto hacia el personal del centro o servicio o a los otros usuarios o visitantes. d) Incumplir el reglamento de funcionamiento del centro cuando no esté tipificado como falta grave o muy grave.
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