Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 113
113 / 125En vigor desde 11 ene 2023
La Comunidad de Madrid destinará los ingresos provenientes de la imposición de las sanciones establecidas en esta ley a la mejora de la calidad y la cobertura del sistema de servicios sociales.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-md/l/2022/12/21/12#art-113