Art. Disposición final primera
4 / 5En vigor desde 20 ene 2023
El Gobierno de La Rioja, reglamentariamente, determinará las tecnologías de la información y comunicación a utilizar por las entidades locales y las garantías necesarias para el adecuado ejercicio de las funciones de fe pública por la Secretaría municipal.
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Proeli/es-ri/l/2022/10/18/12#disposicion-final-primera