Art. Disposición transitoria primera

Art. Disposición transitoria primera

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En vigor desde 22 jul 2021
En el decreto de autorización de inicio de actividades de la Universidad Intercontinental de la Empresa, se determinará el inicio del cese de actividades del Instituto de Educación Superior Intercontinental de la Empresa adscrito a la Universidad de Vigo. Para ello, la entidad promotora del centro deberá respetar lo previsto sobre extinción de enseñanzas en el convenio de adscripción firmado con la Universidad de Vigo el 23 de julio de 2009, y en todo caso deberá garantizar que el alumnado que haya iniciado sus estudios en este centro pueda finalizarlos siguiendo un aprovechamiento normal de los mismos y en las condiciones acordadas.
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