Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
1 / 25En vigor desde 16 oct 2020
El objeto de la presente ley es la regulación de todas las actividades relacionadas con la salud bucodental, para prevenir las enfermedades bucodentales, proteger y promover la salud bucodental, garantizar la seguridad y la calidad de la atención de la salud bucodental y reorganizar y promover el acceso equitativo, tanto territorial como social, a los servicios de atención de la salud bucodental del sistema sanitario integral de utilización pública de Cataluña a fin de incorporar progresivamente todas las prestaciones asistenciales básicas de la salud bucodental a la cartera pública de servicios.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/2020/10/13/12#art-1