Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO VII
Art. 118
118 / 132En vigor desde 8 abr 2019
Una vez cerrada la fase de votación ciudadana, la autoridad competente hará públicos los resultados indicando qué proyecto o proyectos o propuestas han resultado elegidos por las personas participantes, y dará las órdenes pertinentes para que se lleven a cabo los trámites necesarios para incorporarlos a los presupuestos anuales, conforme a la normativa presupuestaria pertinente.
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Proeli/es-ib/l/2019/03/12/12#art-118