Art. 111
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO VII

Art. 111

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En vigor desde 8 abr 2019
Los presupuestos participativos son el instrumento de participación que, por iniciativa de la autoridad convocante, permite a la ciudadanía incidir en la distribución de una parte de los presupuestos de gasto de una administración.
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