Título TÍTULO III
Art. 31
31 / 56En vigor desde 16 oct 2019
Las entidades de voluntariado responderán frente a terceros por los daños y perjuicios causados por las personas voluntarias que participen en sus planes, programas, proyectos, servicios o actividades, como consecuencia de la realización de actividades de voluntariado, de acuerdo con lo establecido en el Código Civil y demás normativa de aplicación, debiendo suscribir a tal efecto una póliza de seguro que cubra la responsabilidad civil, que será obligatorio cuando la normativa sectorial lo exija.
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Proeli/es-ex/l/2019/10/11/12#art-31