Art. Disposición adicional octava
Capítulo CAPÍTULO VII

Art. Disposición adicional octava

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En vigor desde 1 ene 2019
La Escuela de Administración Pública incluirá en su plan de formación anual una oferta formativa adecuada y específica en relación con la aplicación de la presente ley, destinada a formar a empleados públicos pertenecientes a las entidades comprendidas en el ámbito de aplicación de la misma.
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