Art. 1
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 1

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En vigor desde 11 ago 2016
Es objeto de la presente ley la configuración de los derechos al reconocimiento y, en su caso, a la reparación de las víctimas de vulneraciones de derechos humanos producidas en contextos de violencia de motivación política en la Comunidad Autónoma del País Vasco, desde el 29 de diciembre de 1978 al 31 de diciembre de 1999, con los efectos y el alcance previstos en esta ley.
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eli/es-pv/l/2016/07/28/12#art-1