Título TÍTULO II
Art. 145
145 / 181En vigor desde 5 ago 2015
1. Con la finalidad de representar, defender y promover sus intereses, las sociedades cooperativas reguladas por la presente ley pueden constituir federaciones de cooperativas.
2. Las federaciones de cooperativas pueden constituir confederaciones.
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Proeli/es-ct/l/2015/07/09/12#art-145