Capítulo CAPÍTULO VII
Art. 44
44 / 53En vigor desde 26 abr 2015
Los gastos derivados del funcionamiento del Consejo de Cámaras serán sufragados por las aportaciones de las cámaras que lo integran, en la forma y cuantía que se fije reglamentariamente.
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Proeli/es-mc/l/2015/03/30/12#art-44