Art. 11
Capítulo CAPÍTULO III

Art. 11

11 / 53
En vigor desde 26 abr 2015
Las cámaras elaborarán un censo público de empresas en la forma establecida en el artículo 8 de la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-mc/l/2015/03/30/12#art-11