Art. 96
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO XII

Art. 96

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En vigor desde 1 ene 2015
Se añade una disposición transitoria segunda a la Ley 2/2011, de 16 de junio, de disciplina presupuestaria y sostenibilidad financiera, con el siguiente contenido: «Disposición transitoria segunda. En 2020 deben cumplirse los límites de equilibrio o superávit estructural y de deuda pública. Hasta el citado año será de aplicación el régimen transitorio establecido en las normas de estabilidad presupuestaria.»
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