Art. Disposición final tercera
Título TÍTULO VI

Art. Disposición final tercera

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En vigor desde 10 jul 2024
El Consejo Jurídico de la Región de Murcia, el Consejo Económico y Social de la Región de Murcia y el Comisionado de Transparencia de la Región de Murcia se regirán por esta ley en lo no previsto en su normativa específica. Se modifica por el art. único.17 de la Ley 1/2024, de 8 de julio. Ref. BOE-A-2024-15430 Se añade por el art. único.32 de la Ley 7/2016, de 18 de mayo. Ref. BOE-A-2016-6042 .

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eli/es-mc/l/2014/12/16/12#disposicion-final-tercera