Título TÍTULO IX›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 154
154 / 198En vigor desde 12 ene 2015
El Consejo Agrario Interinsular es un órgano de consulta y asesoramiento en el ejercicio de las competencias en materia agraria de la consejería competente de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears y de su titular.
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Proeli/es-ib/l/2014/12/16/12#art-154