Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición derogatoria
43 / 45En vigor desde 1 nov 2014
Quedan derogadas, con efecto a 31 de enero de 2014, las letras p), q), r) y s) del apartado 1 del artículo 5.1-5 del texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Generalidad de Cataluña, aprobado por el Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio.
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Proeli/es-ct/l/2014/10/10/12#disposicion-derogatoria