Art. 1
Capítulo CAPÍTULO PRELIMINAR

Art. 1

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En vigor desde 20 may 2016
1. El objeto de la presente ley es la creación, como tributos propios de la Generalidad, de los siguientes impuestos: a) El impuesto sobre la emisión de óxidos de nitrógeno a la atmósfera producida por la aviación comercial. b) El impuesto sobre la emisión de gases y partículas a la atmósfera producida por la industria. 2. Los impuestos a los que se refiere el apartado 1 son aplicables en todo el territorio de Cataluña, y son compatibles con otros impuestos y tasas. Se declara inconstitucional y nulo el apartado 1.c), por sentencia 74/2016 del TC de 14 de abril de 2016. Ref. BOE-A-2016-4858 . Se levanta la suspensión de la vigencia y aplicación del apartado 1.c), por auto del TC de 1 de diciembre de 2015. Ref. BOE-A-2015-13384 . Se suspende la vigencia y aplicación del apartado 1.c) desde el 17 de julio de 2015 para las partes en el proceso y desde el 24 de julio de 2015 para los terceros por providencia del TC que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad 4292/2015. Ref. BOE-A-2015-8266 .

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Pro

eli/es-ct/l/2014/10/10/12#art-1