Título TÍTULO II
Art. 9
9 / 50En vigor desde 28 dic 2012
En ningún caso el material de defensa, cuyo suministro fuere contratado por el Ministerio de Defensa, al que hace referencia el artículo 8.1 pasará a formar parte del patrimonio de las administraciones públicas.
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Proeli/es/l/2012/12/26/12#art-9