Art. Disposición final primera

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 29 dic 2011
El órgano competente de las Cortes de Castilla-La Mancha propondrá y autorizará las modificaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en esta ley, asumiendo las obligaciones y derechos pendientes a su entrada en vigor.
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