Art. Disposición final primera

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 29 dic 2010
Se faculta a la Consellería de Sanidad a promover y concluir los negocios jurídicos necesarios para la adecuada selección de proveedores, con el fin de que esta se ajuste a los requisitos técnicos y económicos que permitan implementar una prestación farmacéutica más eficiente en nuestra Comunidad Autónoma.
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eli/es-ga/l/2010/12/22/12#disposicion-final-primera