Art. 6
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 6

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En vigor desde 17 jun 2010
Son miembros natos del Consejo de Gobiernos Locales: a) Los presidentes de los consejos de veguería. b) El alcalde o alcaldesa del Ayuntamiento de Barcelona. c) Los presidentes de las entidades municipalistas más representativas.
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