Art. 9
Título TÍTULO PRELIMINARCapítulo CAPÍTULO II

Art. 9

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En vigor desde 26 nov 2010
1. Los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha serán un elemento activo en la consecución de forma efectiva del objetivo de la igualdad de mujeres y hombres; a tal fin, antes de su aprobación, se llevará a cabo un informe de impacto de género del anteproyecto de Ley de Presupuestos, de modo que se tomen como referencias las experiencias, las aportaciones y las necesidades de las mujeres y de los hombres. 2. El informe de impacto de género al anteproyecto de Ley de Presupuestos será realizado, de conformidad con el artículo 15 de esta Ley, por la Comisión de la Igualdad.
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eli/es-cm/l/2010/11/18/12#art-9