Art. Disposición transitoria sexta
Título TÍTULO XIICapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición transitoria sexta

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En vigor desde 17 jul 2009
Hasta que el Gobierno dicte las disposiciones reglamentarias correspondientes al desarrollo de la presente ley, son aplicables los preceptos del Decreto 142/2007, de 26 de junio, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas de la educación primaria, y del Decreto 143/2007, de 26 de junio, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas de la educación secundaria.
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