Título TÍTULO XII›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición adicional séptima
212 / 255En vigor desde 17 jul 2009
Las adscripciones de centros existentes se mantienen hasta que se aplique lo establecido en la presente ley, de acuerdo con el procedimiento que debe aprobarse por reglamento.
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Proeli/es-ct/l/2009/07/10/12#disposicion-adicional-septima