Art. Disposición adicional decimoctava
Título TÍTULO XIICapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional decimoctava

223 / 255
En vigor desde 17 jul 2009
Los criterios de prioridad establecidos en las letras a y b del artículo 47.1 son aplicables a los niños y a los jóvenes en situación de acogida familiar, atendiendo al domicilio y composición de la familia acogedora.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ct/l/2009/07/10/12#disposicion-adicional-decimoctava