Art. 67
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección segunda. Enseñanzas artísticas

Art. 67

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En vigor desde 17 jul 2009
1. Se crea el Consejo Asesor de las Enseñanzas Artísticas, como órgano colegiado de consulta y asesoramiento del Instituto Superior de las Artes. 2. Corresponde al Gobierno establecer la composición y las funciones del Consejo Asesor de las Enseñanzas Artísticas, sin perjuicio de las funciones que atribuye al Consejo Escolar de Cataluña el artículo 171.2.
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