Art. 24
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IV

Art. 24

Derogado25 / 72
En vigor desde 9 ago 2008
La disolución de la Agencia Catalana de Seguridad Industrial se produce por ley, la cual debe establecer el procedimiento de liquidación y la forma en que los órganos de la Agencia han de seguir ejerciendo sus funciones hasta que la liquidación sea completa.
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eli/es-ct/l/2008/07/31/12#art-24