Art. 22
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IV

Art. 22

Derogado23 / 72
En vigor desde 9 ago 2008
Los contratos que suscriba la Agencia Catalana de Seguridad Industrial deben ajustarse a lo establecido por la normativa reguladora de los contratos del sector público.
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eli/es-ct/l/2008/07/31/12#art-22