Título TÍTULO VII
Art. 164
164 / 192En vigor desde 10 oct 2008
El marco competencial del Comisionado del Menor se realizará en atención a las siguientes líneas de actuación:
a) Promoción de valores y cultura de convivencia de los menores en la diversidad, orientando el ejercicio de sus competencias hacia la promoción de los valores y principios que articulan el Estado social y democrático de derecho, especialmente respecto de valores de libertad, igualdad, justicia, tolerancia y solidaridad.
b) Defensa de la multiculturalidad e integración de menores, potenciando, desde el respecto a la diversidad cultural, la comunicación y cooperación intercultural como factor de convivencia y de progreso y combatiendo toda forma de exclusión o discriminación social, cultural, religiosa o ideológica que pudiera afectar al ejercicio de los derechos y libertades fundamentales de los menores, a la igualdad de oportunidades o a su integración social.
c) Fomento de la participación y proximidad social de los menores, orientado su ámbito relacional a la consecución del mayor grado posible de participación social del menor en la Comunitat Valenciana y participando en aquellos espacios o foros cívicos destinados a favorecer la participación y cooperación ciudadana en los valores y fines de la paz y del bienestar social de los menores.
d) Actuación coordinada con instituciones públicas y privadas en defensa y protección de los derechos de los menores.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/2008/07/03/12#art-164